Que es RLGDTH

No le regale al BANCO hipotecante su dinero.  Al constituir su hipoteca el BANCO hipotecante le impuso indebidamente el pago de los gastos de constitución de su hipoteca, pese a que los mismos debían ser soportados por el banco. Esto afecta a todas las hipotecas, tengan o no cláusula suelo.

El Tribunal Supremo ha dictado sentencia estableciendo que tal imposición es abusiva, por tanto procede reclamar al BANCO hipotecante la devolución de tales gastos, concretamente, los gastos de tasación del inmueble, de gestoría, notariales, registrales, impositivos (IAJD), así como también, los importes satisfechos en concepto de seguros cuya contratación impuso el banco.

 ¿Que puedes reclamar y que documentación son necesarias?

  • Puede reclamar la devolución de todos los gastos de constitución de la HIPOTECA y, en su caso, las diferencias por cláusula suelo, la persona que tenga constituida una HIPOTECA, este pagándola o ya esté pagada.
  • Debe facilitarnos copia de los siguientes documentos:
    • Escritura de constitución de HIPOTECA o la oferta vinculante de su banco,
    • Cuadro de amortización desde inicio de hipoteca y hasta la fecha,
    • Facturas de la tasación de la gestoría, del Notario otorgante, del Registro de la Propiedad,
    • Modelo 600 de autoliquidación del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados y póliza/s de seguros y comprobante de pago de  la prima.

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Con la GARANTÍA de CONTER CONSULTORES S.L. y su especializado, eficiente y eficaz equipo de profesionales, dirigidos por las letradas Virginia Romero Bañón, Ana Gonzálvez Ferrando, con una experiencia de más de veinte años en el ejercicio de su profesión, y Virginia Sánchez Romero.

NUESTRO CONSEJO:

No acepte ni negocie ninguna propuesta con su BANCO sin la asistencia de un ABODAGADO designado por usted.

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RECLAMACIÓN EXTRAJUDICIAL.- Costo del servicio: 65€ + IVA, más el 20% de la cantidad recuperada mas IVA

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Política de protección de datos

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